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Universidad de Santiago de Chile

Fecha de última actualización

17/03/2024

Facultades, Funciones y Atribuciones de sus Unidades

UNIDADES

Facultades, funciones y atribuciones

Fuente legal

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Junta Directiva

Presidenta:

María Jesús Aguirre

Art. 18°: Corresponde a la Junta Directiva: a) Proponer al Presidente de la República una terna para designación del Rector. La elaboración de la terna se efectuará de acuerdo con el procedimiento que señale el Reglamento; b) Autorizar al Rector para enjenar e hipotecar bienes raíces de la Corporación; c) Pronunciarse sobre la cuenta anual del Rector; d) Remover al COntralor de la Universidad y proponer al Presidente de la República la remoción del Rector. el acuerdo respectivo deberá adoptarse por los dos tercios de los miembros en ejercicio; e) Pronunciarse sobre las apelaciones que interpongan los funcionarios y alumnos, respecto de las sanciones que les hayan aplicado con motivo de los procesos disciplinarios instruidos en su contra; f) Aprobar a requerimiento del Rector; 1.- El presupuesto anual de la Corporación y sus modificaciones; 2.- El nombramiento de los directivos superiores; 3.- Convenios y contrataciones de empréstitos, con cargo a fondos de la Universidad;4.- Los reglamentos por los que se regirán los procedimientos disciplinarios aplicables a funcionarios y alumnos;5.- El sistema de remuneraciones del personal de la Universidad; g) Aprobar a requerimiento del Rector, con información del Consejo Académico: 1.- La política global de desarrollo de la Universidad y los planes de mediano y largo plazo destinados a materializarla.; 2.- La estructura orgánica de la Universidad y sus modificaciones que sean compatibles con el presente Estatuto. 3.- La creación y modificación de grados académicos y títulos profesionales. h) Pronunciarse sobre las proposiciones del Rector dentro del plazo de 30 días hábiles de recibidas. Transcurrido este plazo se tendrán por aprobadas. Para rechazar una proposición requerirá de un acuerdo adooptado por la mitad más uno de sus miembros en ejercicio; e i) Aprobar el Reglamento interno de la Junta Directiva, y aquellos que deban ser sometidos a su consideración de acuerdo con este Estatuto.

Artículo 18, D.F.L. 149, de 1981

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Consejo Académico

Presidente: Rodrigo Vidal Rojas

Atribuciones del Consejo Académico: a) Actuar como cuerpo consultivo del Rector en todas las materias relacionadas con las actividades académicas; b) Designar los representantes a la Junta Directiva a que se refiere el artículo 16°; c) Proponer al Rector todas las iniciativas que estime de utilidad para la marcha de la Corporación; d) Requerir de cada Consejo de Facultad la información atinente al funcionamiento de la misma y formularle las recomendaciones que sean pertinentes; e) Presentar al Rector nómina de académicos calificados para que éste los tenga presente al confeccionar las proposiciones de nombramientos de Decanos y otras autoridades académicas superiores que pueda contemplar la estructura de la Corporación; f) Proponer el nombramiento del Contralor Universitario, a la Junta Directiva; g) Preparar los informes que se requieran en conformidad con este Estatuto; h) Dictar su Reglamento, el que entrará en vigencia mediante resolución del Rector; e i) Cualquier otra función que el Rector y los Reglamentos le encomienden.

Artículo 21, D.F.L. 149, de 1981

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Consejo de Facultad

Son atribuciones especiales del Consejo de Facultad: a) Elaborar los programas de docencia, de investigación y de extensión que desarrollará la Facultad; b) Proponer al Rector el nombramiento de los profesores de la Facultad, conforme a la reglamentación vigente; c) Proponer al Decano los integrantes de las comisiones examinadoras de grados y títulos; d) Proponer al Rector la creación y reorganización de las estructuras de la Facultad; e) Proponer al Rector los planes de estudios de la Facultad, con su respectiva reglamentación; f) Pronunciarse sobre la Memoria que el Decano deberá presentar al Rector, al término del año lectivo; y g) Cualquiera otra función que el Rector y los Reglamentos le encomienden.

Artículo 27, D.F.L. 149, de 1981

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Consejo de Departamentos

Normas y mecanismos que permiten el funcionamiento de los Consejos de los Departamentos Académicos y establecerá las prerrogativas y funciones de los mismos.

Resolución 332, de 1990

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Rectoría

Rector Rodrigo Vidal Rojas

Corresponde especialmente al Rector : a) Representar legalmente a la Universidad; b) Adoptar todas las medidas conducentes a dirigir y administrar la Corporación, con la sola limitación que emane de las atribuciones específicas otorgadas a la Junta Directiva; c)Supervisar las actividades académicas, administrativas y financieras; d) Representar a la Universidad en sus relaciones con todas las autoridades, instituciones, personas y organismos nacionales, extranjeros o internacionales; e) Determinar las plantas del personal. Designar al personal acadeémico y administrativo de la Universidad y a los Directivos superiores, previa aprobación de la Junta Directiva. La remociión de los Directivos superiores es facultad del Rector; f) Fijar los aranceles y derechos de matrícula. Fijar la cuota anual de ingreso de estudiantes a la Universidd, previo informe del Consejo Académico; g) Ejercer la potestad disciplinaria respecto de los funcionarios académicos, administrativos y de los estudiantes de la Corporación; h) Aprobar convenios de intercambio científico y cultural con otros organismos, dentro del marco presupuestario; i) Aprobar convenios de cooperación y asistencia técnica con instituciones y organismos nacionales, extranjeros o internacionales, dentro del marco presupuestario; j) Establecer regímenes de subrogación entre las diversas autoridades unipersonales y también respecto de la suya propia; k) Convocar al Consejo Académico y a los Consejos de Facultad, en conformidad a los reglamentos que se dicten y las veces que lo estime necesario para el buen funcionamiento de la Universidad; l) Celebrar toda clase de contratos con la sola limitación de las atribuciones otorgadas a la Junta Directiva en materia de enajenación e hipoteca de bienes raíces; m) Proponer a la Junta Directiva para su aprobación: 1.- El Presupuesto Anual de la Corporación y sus modificaciones. 2.- El nombramiento de los Directivos Superiores. 3.- Las contrataciones de empréstitos con cargo a fondos futuros de la Universidad. 4.- Los Reglamentos por los que se regirán los procedimientos disciplinarios aplicable a funcionarios y alumnos. 5.- El sistema de remuneraciones de la Universidad. 6.- La estructura orgánica de la Universidad y sus modificaciones compatibles con este Estatuto. 7.- La creación y modificación de grados académicos y títulos profesionales. n) Dictar y modificar los reglamentos y demás cuerpos normativos de la Universidad y entidades dependientes de ella, sin perjuicio de las atribuciones de la Junta Directiva; y ñ) Todas las obligaciones y atribuciones que le confieran las leyes generales de la República y los reglamentos.

Para ejercer sus atribuciones el Rector podrá dictar o modificar los decretos, reglamentos e impartir las instrucciones qu sean necesarias.

Artículo 11, D.F.L. 149, de 1981

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Prorrectoría

Pedro Palominos Belmar

"La Prorrectoría, estará a cargo de un Directivo Superior con la denominación de Prorrector, cuyas principales funciones son:

1. Apoyar directamente al Rector en las diferentes materias concernientes al funcionamiento universitario interno como externo, siendo su foco central el área de Gestión Institucional.

2. Velar por la correcta articulación de las labores operacionales y misionales de la Universidad señaladas en su plan Estratégico Institucional.

3. Focalizar su accionar en las labores propias del desarrollo estratégico y organizacional, procurando la coordinación permanente con y entre los vicerrectores y los directores que integran la Prorrectoría.

4. Propender a la mantención de altos niveles de eficacia y eficiencia en las labores administrativas propias de la Corporación, respetando la normativa vigente.

5. Coordinar las actividades administrativas de la Universidad.

De la Prorrectoría dependerán las siguientes Direcciones: de Desarrollo Institucional y de Administración y Finanzas.

Artículo 8; Resolución Universitaria 8297 de 2012

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Dirección de Desarrollo Institucional

Juan Pablo Norambuena

Su misión es el diseño de proyectos relacionados con el desarrollo estratégico de la Institución. estará a Cargo de un Director y de él dependerán los Departamentos de: Calidad y Acreditación, Desarrollo de Personas, Gestión Estratégica, Estudios y la Unidad de Coordinación Institucional. Artículo 8; Resolución Universitaria 8297 de 2012 PDF

Dirección de Administración y Finanzas

Angélica Peña Cortés

Tiene como misión central el manejo de la operación de apoyo a las labores universitarias, estará a cargo de un Director y de él dependerán los Departamentos de Planificación Presupuestaria, Recursos Humanos, Finanzas y Tesorería, Gestión de la Infraestructura y la Administración General del Fondo Solidario y Crédito Solidario y Crédito Universitario. Artículo 8; Resolución Universitaria 8297 de 2012 PDF

Secretaría General

Francisco Zambrano Meza(s) 

El Secretario General es un Directivo Superior de la Universidad y será el Ministro de Fe de la misma.

Artículo 14, D.F.L. 149, de 1981

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Vicerrectoría Académica

Laura Almendares Calderón

Vicerrectoría Académica, estará a cargo de un directivo superior, y le corresponde velar por el eficiente y correcto funcionamiento de todos los procesos relacionados con la docencia universitaria. Asimismo definirá políticas que aseguren la implementación del Modelo Educativo Institucional, gestionando los apoyos necesarios para su cumplimiento. Sus principales funciones son:

1. Generar las políticas de mejoramiento de la docencia de acuerdo al Plan Estratégico Institucional, considerando la articulación del pre y postgrado.

2. Diseñar e implementar los mecanismos que apoyen la formación integral de los estudiantes.

3. Generar políticas de admisión acorde al Plan Estratégico Institucional.

4. Desarrollar políticas y normativas para la gestión curricular de los programas académicos.

5. Impulsar procesos de innovación educativa que potencien la implementación del Modelo Educativo Institucional.

6. Asesorar al Rector en materias pertinentes.

Para el cumplimiento de sus funciones contará con las siguientes dependencias: Dirección de Pregrado, Dirección de Postgrado, Departamento de Formación Integral, Unidad de Admisión, Unidad de Bibliotecas, Unidad de Registro Académico y Curricular, Unidad de Innovación Educativa.

 

Artículo 10; Resolución Universitaria 8297 de 2012

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Vicerrectoría Investigación,  Desarrollo e Innovación

Jorge Pavez Irrazabal

La Vicerrectoría de Investigación. Desarrollo e Innovación, a cargo de un directivo superior, tendrá la responsabilidad de la coordinación, incentivo, gestión y fomento de las labores de generación de conocimientos, la aplicación de los mismos, además de la innovación necesaria para posicionar a la Universidad como referente nacional. Debe mantener actualizados los registros de las áreas y labores de la investigación en todos los niveles académicoas en donde se genera conocimiento. Debe generar las políticas y procedimientos que permitan a las diferentes unidades canalizar mediante un mecanismo unitario la labor investigativa de la Universidad como conjunto.

Para el cumplimiento de sus funciones contará con las siguientes dependencias: Departamento de Gestión de Proyectos de Investigaciones Científicas, Departamento de Transferencia Tecnológica.

 

Artículo 11; Resolución Universitaria 8297 de 2012

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Vicerrectoría de Vinculación con el Medio

Patricia Pallavicini Magnere

 

Estará a cargo de un  Directivo Superior y tendrá como objetivo la coordinación y generación de políticas de contacto con el entorno social y cultural estableciendo sólidos vínculos de retroalimentación entre el quehacer universitario y la comunidad en general. Debe velar por la generación de las políticas institucionales que den cuerpo y un desarrollo orgánico a estas múltiples acciones de relación con el medio.

Para el cumplimiento de sus funciones contará con las siguientes unidades dependientes: Departamento de Extensión, Departamento de Relaciones Internacionales e Interuniversitarias, Departamento de Comunicaciones, Departamento de Educación Continua, Unidad de Vinculación con la Empresa, Departamento Editorial.

Artículo 9; Resolución Universitaria 8297 de 2012 PDF

Vicerrectoría de Apoyo al Estudiante

Karina Arias Yurisch

La Vicerrectoría de Apoyo al Estudiante, a cargo de un directivo superior, tendrá como propósito mantener una fuerte vinculación con el estamento estudiantil, tanto en sus particularidades e individualidades, como también con sus diferentes agrupaciones y organizaciones. Este Vicerrector es el canal formal entre gobierno central y los estudiantes. Sus funciones principales están asociadas a la evaluación y asignación de los diferentes beneficios que son entregados a los estudiantes, además de velar mediante políticas y acciones concretas por la promoción y mantención de una calidad de vida saludable y apuntada al modelo educativo institucional.

La Vicerrectoría contará con las siguientes unidades dependientes: Departamento de Beneficios Estudiantiles, Departamento de Gestión del Deporte, Departamento de Calidad de Vida estudiantil, Unidad de Administración de Servicios Alimentarios, Unidad de Atención de Salud y Unidad de Promoción de la Salud.

Artículo 12; Resolución Universitaria 8297 de 2012

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Vicerrectoría de Postgrado

Humberto Prado Castillo

La Vicerrectoría de Postgrado estará a cargo de un Directivo Superior y le corresponde velar por el eficiente y correcto funcionamiento de todos los procesos relacionados con los programas de postgrado de la isntitución. Asimismo definirá políticas que aseguren el desarrollo de los Programas de Postgrado gestionando el apoyo necesario para su cumplimiento. Artículo 13, Resolución N°55 de 2018 PDF

Contraloría Universitaria 

Carolina Pincheira Sepúlveda(s)

Existirá una Contraloría Universitaria a cargo de un Contralor que le corresponderá el control de la legalidad de los actos de las autoridades de la Corporación, fiscalizará el ingreso y uso de los fondos, examinará las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes de la misma y desempeñará las demás funciones que se señalen en el reglamento, que aprobará la Junta Directiva.

Artículo 38, D.F.L. 149, de 1981

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Decanos

El Decano dirige la Facultad como autoridad máxima, le corresponde su dirección superior y de él dependen las estructuras académica y administrativa.

Artículos 6 y 10 del D.U. Nº 2149, de 1978

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Dirección de Género, Diversidad y Equidad

Karina Baeza Vásquez

Sus objetivos principales serán el fortalecimiento de la institucionalidad universitaria en materias de igualdad de género, la promoción de políticas universitarias antidiscriminatorias que garanticen la igualdad de derechos y de oportunidades entre las y los miembros de la comunidad universitaria, y la coordinación del proceso de denuncia, acompañamiento, sanción y reparación de conductas discriminatorias de violencia sexual o de género que puedan darse en el contexto universitario. Resolución 2906 de 2018 PDF